ASOCIACION USUARIOS MOTOVEHICULOS DE ARGENTINA
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ASOCIACION USUARIOS MOTOVEHICULOS DE ARGENTINA
Consultando en Facebook muchos no conocen la existencia de ASUMA por eso me parecio buena idea crear un tema para difusión al respecto, comenzando por quienes son, que objetivos tienen y que acciones han realizado ultimamente.
Los propositos de la organización: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
COMISION DIRECTIVA
Presidente: Jorge Víctor Monasterio
Secretario: Carlos Daniel Bukavec
Tesorero: Carlos Alberto Morello
Vocal Titular: Julio Alberto Brazzola
Vocal Suplente: José Antonio Gribaudo
Organo de Fiscalización, Titular: Rubén Oscar Frazzetta
Organo de Fiscalización,Suplente: Rubén José Daniel Curto
SOCIOS ADHERENTES: A la fecha, hay un total de 251 socios.
PRESENTACIONES JUDICIALES: A la fecha, se han realizado las siguientes acciones
Presentación de Recurso de Amparo y medida cautelar (2) contra el Gobierno de la Prov. de Bs. As.s/art 48 de la Ley de Tránsito de la provincia y los decretos posteriores.
Denuncia ante el INADI
Carta enviada al Intendente de la Ciudad de Mendoza Dr. Víctor Fayad
ASUMA es patrocinada por el Estudio Gallenti - Leonardi / [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
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COMISION DIRECTIVA
Presidente: Jorge Víctor Monasterio
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Tesorero: Carlos Alberto Morello
Vocal Titular: Julio Alberto Brazzola
Vocal Suplente: José Antonio Gribaudo
Organo de Fiscalización, Titular: Rubén Oscar Frazzetta
Organo de Fiscalización,Suplente: Rubén José Daniel Curto
SOCIOS ADHERENTES: A la fecha, hay un total de 251 socios.
PRESENTACIONES JUDICIALES: A la fecha, se han realizado las siguientes acciones
Presentación de Recurso de Amparo y medida cautelar (2) contra el Gobierno de la Prov. de Bs. As.s/art 48 de la Ley de Tránsito de la provincia y los decretos posteriores.
Denuncia ante el INADI
Carta enviada al Intendente de la Ciudad de Mendoza Dr. Víctor Fayad
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ASOCIACION USUARIOS MOTOVEHICULOS DE ARGENTINA
Sigo informando... esta va dedicada a los pesimistas:
TOMO ESTADO PARLAMENTARIO.LA PROPUESTA PARA REFORMAR EL ART. 48 DE LA LEY DE TRÁNSITO
16/09/2014
Nos informó el Dr. Juan E. Lozano, quien redacto en términos jurídicos esta propuesta para reformar el Art. 48 de la Ley de Tránsito de la provincia de Buenos Aires (Chalecos, stickers, etc.) que ya tomó estado parlamentario.
El 10/09/2014 con la firma como autor de Gustavo Di Marzio (FPV) y como co-autora de Patricia Cubría (FPV), ingresó al Parlamento la propuesta.
Será tratada en las tres comisiones a saber: Transporte, Legislación General, y Asuntos Constitucionales y Justicia.
También se adjuntó un pequeño cambio, con el tema de los reflectivos en la indumentaria, ya que varias rutas nacionales y provinciales, son avenidas dentro de las ciudades, con semáforos, etc. . Un ejemplo es la Av. Hipólito Yrigoyen (ex Pavón para los más “jovatos”) que lleva a Lanús, Lomas de Zamora, etc.
Esperemos que a la brevedad los motociclistas cambiemos la visión de los políticos, y que no nos consideren “presuntos delincuentes”, sino que por el contrario, recuerden que somos ciudadanos que andamos en moto.
PROYECTO DE LEY (D- 2489/14-15- 0)
Autor: DI MARZIO GUSTAVO GABRIEL ( FRENTE PARA LA VICTORIA )
Texto original: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Que paradogico que el dominio de material reflectante en casco y chaleco que apunta a una mejor identificación del conductor y su acompañante, en la foto de promocion distribuida por el gobierno de la provincia de Buenos Aires sea unicamente visible en la patente mientras que en casco y chaleco no se distingue por completo.
Última edición por MORT el 25/9/2014, 15:23, editado 1 vez
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Re: ASOCIACION USUARIOS MOTOVEHICULOS DE ARGENTINA
En el diario La Nación (julio 2014) se publica la noticia sobre la insistencia sobre el proyecto “Ritondo” sobre la restricción de circulación a las motocicletas, y el Chaleco Reflectante con el número de Dominio en pecho y espalda.
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El Proyecto Ritondo (Chalecos, stickers, etc) fue rechazado en su tratamiento en Comisión de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace unos meses en su segundo intento de ser aprobado.
Les dejo el texto que presento ASUMA resumiendo las críticas al proyecto del PRO:
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Pero no se ha dado por vencido. Previo a un tercer intento el proyecto fue cambiado minutos antes de la reunión de la Comisión, así que habrá que esperar unas semanas para una nueva convocatoria.
Última edición por MORT el 25/9/2014, 15:48, editado 1 vez
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Re: ASOCIACION USUARIOS MOTOVEHICULOS DE ARGENTINA
ASUMA junto a sus abogados han redactado las críticas al art 48 de la Ley de Transito de la PBA con el objeto de fundamentar el proyecto de ley que modifica dicho artículo, les dejo el link:
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ASOCIACION USUARIOS MOTOVEHICULOS DE ARGENTINA
RESUMEN DE ACCIONES JUDICIALES Y NORMATIVA INVOLUCRADA
La ley de tránsito de la provincia de Buenos Aires incorporó en su art. 48 la obligación de usar casco y chaleco con el dominio del motovehículo. Dicha obligación incluía tanto al conductor como al acompañante.
Los fundamentos, según las propias declaraciones del Sr. Gobernador de la Provincia, fueron:
• la mejora de la seguridad vial
• el combate al delito
La reglamentación del art. 48 se hizo a través del art. 40 del decreto 532/09 y de la resolución 1187/09, que fijaba los detalles de los chalecos y cascos para los deliverys.
ASUMA cuestionó la constitucionalidad de estas normas en sede judicial en autos “ASOCIACION DE USUARIOS DE MOTOVEHICULOS DE ARGENTINA (ASUMA) C/PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/INCONSTITUCIONALIDAD ART. 48 LEY 13927” (Expediente N° 70772).
La causa aguarda sentencia.
La presentación se fundó en que la normativa cuestionada:
• violaba derechos personalísimos (derecho a la propia imagen)
• era irracional (no cumplía los fines perseguidos por la norma)
• era técnicamente incorrecta (al considerar al casco como parte del vehículo y no como parte de la vestimenta del conductor)
• violaba la presunción de inocencia al tratar a todos los motociclistas como presuntos delincuentes.
Recientemente se declaró la emergencia en materia de seguridad en el territorio provincial mediante decreto 220/14.
El art. 8 permite a los municipios restringir la circulación de motovehículos y al mismo tiempo ordena el uso de chalecos y cascos con el dominio para el acompañante. A su vez se dicta la resolución 224/14 que reglamenta los detalles tales como tipo de letra, color de chaleco, etc.
ASUMA nuevamente cuestionó la constitucionalidad de estas normas por:
• Violación del derecho a la propia imagen
• Contradicción de la normativa provincial con la ley de tránsito nacional (a la que la provincia adhiere) y al derecho a transitar libremente, protegido por la Constitución.
El expediente está iniciando su derrotero ( ASOCIACION DE USUARIOS DE MOTOVEHICULOS DE ARGENTINA C/ PODER EJECUTIVO Y OT. S/ AMPARO – Expediente N° 73149)
La ley de tránsito de la provincia de Buenos Aires incorporó en su art. 48 la obligación de usar casco y chaleco con el dominio del motovehículo. Dicha obligación incluía tanto al conductor como al acompañante.
Los fundamentos, según las propias declaraciones del Sr. Gobernador de la Provincia, fueron:
• la mejora de la seguridad vial
• el combate al delito
La reglamentación del art. 48 se hizo a través del art. 40 del decreto 532/09 y de la resolución 1187/09, que fijaba los detalles de los chalecos y cascos para los deliverys.
ASUMA cuestionó la constitucionalidad de estas normas en sede judicial en autos “ASOCIACION DE USUARIOS DE MOTOVEHICULOS DE ARGENTINA (ASUMA) C/PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/INCONSTITUCIONALIDAD ART. 48 LEY 13927” (Expediente N° 70772).
La causa aguarda sentencia.
La presentación se fundó en que la normativa cuestionada:
• violaba derechos personalísimos (derecho a la propia imagen)
• era irracional (no cumplía los fines perseguidos por la norma)
• era técnicamente incorrecta (al considerar al casco como parte del vehículo y no como parte de la vestimenta del conductor)
• violaba la presunción de inocencia al tratar a todos los motociclistas como presuntos delincuentes.
Recientemente se declaró la emergencia en materia de seguridad en el territorio provincial mediante decreto 220/14.
El art. 8 permite a los municipios restringir la circulación de motovehículos y al mismo tiempo ordena el uso de chalecos y cascos con el dominio para el acompañante. A su vez se dicta la resolución 224/14 que reglamenta los detalles tales como tipo de letra, color de chaleco, etc.
ASUMA nuevamente cuestionó la constitucionalidad de estas normas por:
• Violación del derecho a la propia imagen
• Contradicción de la normativa provincial con la ley de tránsito nacional (a la que la provincia adhiere) y al derecho a transitar libremente, protegido por la Constitución.
El expediente está iniciando su derrotero ( ASOCIACION DE USUARIOS DE MOTOVEHICULOS DE ARGENTINA C/ PODER EJECUTIVO Y OT. S/ AMPARO – Expediente N° 73149)
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Re: ASOCIACION USUARIOS MOTOVEHICULOS DE ARGENTINA
muy bien acciones concretas!!
yo me comunique hace un tiempo con ellos para estar alineados y si podiamos sumar esfuerzos
yo me comunique hace un tiempo con ellos para estar alineados y si podiamos sumar esfuerzos
Edum- Admin
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Re: ASOCIACION USUARIOS MOTOVEHICULOS DE ARGENTINA
Creo que tanto las acciones concretas como la difusión de las falsedades detrás de los decretos y leyes anti moto son las herramientas más adecuadas. Sumado a la colaboración de todos: dueños de imprentas para hacer folletos, diseñadores gráficos que hagan más eficiente e impactante la comunicación, periodistas que den difusión, abogados con asesoría legal, etcétera. Y el que no sepa como simplemente difundiendo y/o participando en marchas.
Yo cuando puedo voy al Obelisco, tambien he ido a la marcha en Ezeiza y Tigre, en estas he repartido en mano folletos a los transeúntes. Es un trabajo de hormiga, si, pero prefiero ser hormiga a cigarra
Respecto de ASUMA yo me asocie allá por el 2010, cuando la campaña anti moto bajó los descibeles debo confesar que me desentendí, pero hace unas semanas atrás efectué la renovación como SOCIO ADHERENTE por $100 anuales. El trámite es vía web (lo mismo para asociarse), una vez corroborado el documento, el sistema permite imprimir un código de barras, con el hacer efectivo el pago en cualquier sucursal de Pago Facil, Rapipago, Bapro Pagos, etcétera. Asociandome creo que aporto mi grano de arena porque por mucha colaboración que pueda haber creo que hay gastos que solventar. Un club con pocos socios es débil, una asociación tambien.
Yo cuando puedo voy al Obelisco, tambien he ido a la marcha en Ezeiza y Tigre, en estas he repartido en mano folletos a los transeúntes. Es un trabajo de hormiga, si, pero prefiero ser hormiga a cigarra
Respecto de ASUMA yo me asocie allá por el 2010, cuando la campaña anti moto bajó los descibeles debo confesar que me desentendí, pero hace unas semanas atrás efectué la renovación como SOCIO ADHERENTE por $100 anuales. El trámite es vía web (lo mismo para asociarse), una vez corroborado el documento, el sistema permite imprimir un código de barras, con el hacer efectivo el pago en cualquier sucursal de Pago Facil, Rapipago, Bapro Pagos, etcétera. Asociandome creo que aporto mi grano de arena porque por mucha colaboración que pueda haber creo que hay gastos que solventar. Un club con pocos socios es débil, una asociación tambien.
MORT- Cantidad de envíos : 179
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